La SGAE ha cometido grandes abusos contra los particulares a través de la imposición de cánones «compensatorios» (¿si algo está compensado por qué se sigue criminalizando?). Poco podemos hacer los usuarios contra estos atropellos, aunque quizás una de las fórmulas fuera atacando a las subvenciones que recibe la SGAE y medios afines.

Ayer leyendo la revista Quo me enteré de algo que jamás se me había pasado por la cabeza: La Objeción Fiscal, que podría ser usada como medio de protesta contra la SGAE y similares (o para protestar contra otras situaciones (gasto militar, sindicatos, partidos políticos…).

Lo primero decir que este movimiento de protesta es muy distinto de la evasión de impuestos (porque se realiza declaración y se paga), pero descontamos una parte porque consideramos que no es justo.

Según esta publicación, el procedimiento sería realizar la Declaración de la Renta tal como la haríamos cualquier año (la ordinaria, no la de devolución rápida), y calculamos el 5,7% de la Cuota Líquida (desconozco el por qué dan esta cifra y no otra, pero en cualquier caso puede ser otra cifra, aunque sea simbólica -por ejemplo 1 euro-).

Esta cifra resultante la apuntaríamos en el apartado de Retenciones, anotando: Por objección fiscal a la subvención del cine… (o sindicatos, gasto militar, etc… según sea el motivo de vuestra objeción).

Por supuesto, una vez realizado esto, es necesario ingresar la cantidad descontada y adjuntar el certificado de ingreso (porque no nos negamos a pagar).

Por lo que he leído en otras fuentes para ampliar información, Hacienda acepta la objeción fiscal en el 90% de las ocasiones, y en caso de no hacerlo, habría que realizar una declaración complementaria por la parte descontada, así que el riesgo no es elevado y sin embargo, puede ser una agresión dentro del marco legal a este tipo de organizaciones.

Quien sabe, quizás algunos recuperasen por esta vía los injustos cánones de la SGAE (que todos pagamos poniendo en entredicho la presución de inocencia).

En esta página existe información sobre la objeción fiscal (aunque se refiere al gasto militar)

La objeción fiscal no es algo nuevo (se practica habitualmente por algunos grupos), pero quizás sea un arma que no se ha utilizado demasiado en cuestiones anti-canon SGAE, aunque de hacerse debe de ser algo personal y voluntario.

por Roberto

3 comentario en “Objeción Fiscal como protesta contra la SGAE”
  1. Estaría genial que esta información se divulgara, es algo que todo debemos conocer y sobre todo que esta gente como bien dices, ya que cobra canones injustificados, porque sige habiendo delito?

    Esta claro que el gobierno de turno tiene mucho que decir en esto y gracias a la ministra de cultura por fomentar una vez mas el acceso a la cultura de esta manera, es estupendo ver como politicamente se hacen maniobras a favor de estas sociedades que siendo privadas y sin animo de lucro han generado 120 millones de euros el año pasado uno de los mas altos en la UE referente a estos temas.

    En fin espero que algún día la cosa cambie y no entiendo esta estrategia absurda por parte de la industria lo más lógico es que se adapte y siga el leam de sino puedes con el enemigo aliate con el, pero parece ser que los intereses ecónomicos, los buenos chalets, coches y comidas son algo que no estan dipuesto a rechazar estos personaje.

    Saludos.

  2. Objeccion Fiscal para protestar contra el canon de la SGAE…

    La Objeción Fiscal consiste en la retención en la declaración de la renta de una cuantía (aunque sea simbólica) como protesta contra alguna subvención o gasto estatal con el que no estemos de acuerdo. Quizás esto abra una posibilidad nueva para …

  3. Objecion Fiscal para protestar por el canon de la SGAE…

    La Objeción Fiscal consiste en la retención en la declaración de la renta de una cuantía (aunque sea simbólica) como protesta contra alguna subvención o gasto estatal con el que no estemos de acuerdo.
    Quizás esto abra una posibilidad nueva para …

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies